Visados y permisos de residencia
Todo lo que necesita para mudarse a España de forma legal e instalarse, gestionado por un equipo con sede en Madrid. Explore nuestros servicios principales o pregúntenos por cualquier otro en una consulta gratuita.
Visado de Nómada Digital
Viva en España mientras trabaja en remoto para clientes o un empleador en el extranjero. Se presenta desde España a través de la UGE.
- Plazo
- La UGE debe resolver en 20 días desde la presentación electrónica, y el silencio equivale a aprobación. La autorización dura hasta 3 años y se renueva por periodos de 2 años.
- Se presenta desde
- En España, por vía electrónica ante la UGE, si se encuentra legalmente en España. Desde el extranjero: un visado del consulado español, válido hasta 1 año.
- Trabajo
- Trabajo en remoto para empresas fuera de España. Los autónomos pueden trabajar también para una empresa española, hasta el 20 % de su actividad profesional.
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Visado de Estudiante
Estudie en España y viva aquí de forma legal, desde cursos de idiomas hasta titulaciones universitarias.
- Plazo
- Cada consulado fija sus plazos. Por ejemplo, el Consulado General en Los Ángeles admite solicitudes desde 6 meses hasta 2 meses antes del inicio del programa.
- Se presenta desde
- En el consulado español que corresponda a su lugar de residencia.
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Residencia No Lucrativa
Viva en España con sus ingresos pasivos o ahorros. La vía clásica para jubilados y personas con independencia económica.
- Plazo
- El Ministerio resuelve en un plazo máximo de 1 mes desde la comunicación del consulado. La autorización dura 1 año desde su entrada en España y después se renueva por periodos de 2 años.
- Se presenta desde
- En persona en el consulado español que corresponda a su lugar de residencia.
- Trabajo
- Sin trabajo remunerado en España. Se acredita que hay ingresos o ahorros suficientes sin trabajar.
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Visado Startup (residencia para emprendedores)
Residencia para fundadores de un proyecto innovador de especial interés económico para España. Se presenta por vía electrónica ante la UGE, o desde el extranjero con una única solicitud.
- Plazo
- La autorización dura 3 años y se renueva por 2 años. La UGE debe resolver en 20 días desde la presentación electrónica, y el silencio equivale a aprobación.
- Se presenta desde
- En España, por vía electrónica ante la UGE. Desde el extranjero, una única solicitud inicia el trámite de autorización y de visado, de forma consecutiva.
- Trabajo
- La autorización es para la actividad empresarial que ha solicitado.
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Renovación / Nueva presentación
Renueve su permiso de residencia o gestione cualquier cambio en su estatus bajo la Ley 14/2013.
- Plazo
- Las renovaciones se presentan por vía electrónica. Presentarla a tiempo prorroga su autorización actual hasta la resolución. Una autorización renovada dura 2 años.
- Se presenta desde
- Por vía electrónica ante la UGE para las autorizaciones que gestiona. Para otras autorizaciones se aplica la ficha de procedimiento del Ministerio.
- Trabajo
- Mismo estatus que su autorización actual.
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Relocación de Equipos
Traslade a todo su equipo a España, desde una sola contratación hasta un departamento, con un único punto de contacto.
- Plazo
- Para las autorizaciones que gestiona la UGE, la ley fija 20 días desde la presentación electrónica, y el silencio equivale a aprobación.
- Se presenta desde
- Ante la UGE para las autorizaciones que gestiona: emprendedores, profesionales altamente cualificados, traslados intraempresariales y teletrabajadores.
- Trabajo
- Depende de la vía elegida para cada persona.
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