Residencia No Lucrativa
Viva en España sin trabajar, con sus ingresos pasivos o ahorros. La vía clásica para jubilados, rentistas y personas con independencia económica. Se solicita en el consulado español de su país; nosotros preparamos todo el expediente para que no lo devuelvan.
Datos clave
- Requisitos
- Consulte la tabla de requisitos más abajo.
- Plazo y vigencia
- El Ministerio resuelve en un plazo máximo de 1 mes desde la comunicación del consulado. La autorización dura 1 año desde su entrada en España y después se renueva por periodos de 2 años.
- Dónde se presenta
- En persona en el consulado español que corresponda a su lugar de residencia.
- Trabajo
- Sin trabajo remunerado en España. Se acredita que hay ingresos o ahorros suficientes sin trabajar.
- ¿Puede venir con su familia?
- Sí. Cada familiar suma el 100 % del IPREM: 600 € al mes, 7.200 € al año.
- Nuestro precio
- Nuestros planes: NLV Essential desde 1.490 €, NLV Full desde 2.490 €. Los precios no incluyen IVA.
Dos formas de presentar la solicitud
A través del consulado
Solicite el visado en el consulado español que corresponda a su lugar de residencia. Cada consulado publica su propia lista de documentos y su sistema de citas.
Requisitos
Requisitos publicados en la ley y por los consulados de España. La última palabra la tiene el consulado u oficina ante el que presente la solicitud.
| Requisito | Qué significa |
|---|---|
| Ingresos o ahorros | El 400 % del IPREM al mes: 2.400 € al mes, o 28.800 € el primer año (IPREM 2026: 600 € al mes). Sume el 100 % del IPREM por cada familiar. |
| Seguro médico | Seguro con una aseguradora autorizada en España, sin carencias, copago ni límite de cobertura, vigente durante toda la estancia. El consulado en Washington exige una póliza de 1 año. |
| Sin trabajo remunerado | Acredita que puede vivir sin trabajar en España y se compromete a no realizar allí un trabajo remunerado. |
| Antecedentes penales | Certificados de los países donde haya residido en los últimos 5 años. El consulado en Washington exige apostilla y traducción jurada. |
| Certificado médico | Emitido en los 90 días anteriores a la solicitud, acreditando que no padece enfermedades con repercusiones graves para la salud pública. |
Tasas oficiales
- Tasa de visado en el consulado: 90 € por un visado nacional de larga duración (tipo D). Se paga en euros o en la moneda local.
- Autorización de residencia (Modelo 790, código 052, epígrafe 2.1.1, residencia no lucrativa inicial): 10,94 €. Renovación (epígrafe 2.2.1): 16,40 €.
- TIE (Modelo 790, código 012): 16,08 € por la primera expedición y 19,30 € por una renovación.
Importes publicados a fecha 03/11/2026. La ley los actualiza cada año con las leyes de presupuestos y cada consulado puede indicar la tasa de visado en moneda local. Su consultor confirma las cifras exactas en el presupuesto.
Pasos
El proceso, en orden.
Compruebe que esta vía le encaja
- Qué necesita
- Su situación, su estatus actual y su objetivo.
- Para qué sirve
- Una vía equivocada cuesta tiempo y tasas.
- Dónde conseguirlo
- Los requisitos de arriba o una consulta gratuita con nosotros.
- Ejemplo
- Compara su situación con la tabla de requisitos.
Elija cuánto quiere que gestionemos
- Qué necesita
- Decidir cuánta ayuda quiere.
- Para qué sirve
- Define el precio y quién hace qué.
- Dónde conseguirlo
- La página de paquetes o los planes al final de esta guía.
- Ejemplo
- Usted reúne los documentos y nosotros los revisamos: eso es CHECK.
¿Cómo podemos ayudarle?: Elija cuánto quiere que gestionemos
Prepare los documentos
- Qué necesita
- Los documentos de la lista.
- Para qué sirve
- Los papeles que faltan o están caducados retrasan un expediente.
- Dónde conseguirlo
- Organismos de su país, su empleador, banco o aseguradora. Las traducciones juradas se hacen en España.
- Ejemplo
- Los certificados extranjeros suelen necesitar apostilla y traducción oficial o jurada. Su consulado o la UGE indica exactamente cuáles.
Presentación
- Qué necesita
- El expediente completo y revisado y su autorización firmada.
- Para qué sirve
- Un abogado español acreditado lo presenta con firma digital.
- Dónde conseguirlo
- Lo presentamos por vía telemática en su nombre, o usted lo presenta en el consulado cuando la vía lo exige.
- Ejemplo
- Recibe un justificante de que la solicitud se ha presentado.
Resolución y después
- Qué necesita
- Su pasaporte y la notificación de aprobación.
- Para qué sirve
- Una autorización de residencia de más de 6 meses requiere la TIE.
- Dónde conseguirlo
- La notificación de la administración.
- Ejemplo
- Tras la aprobación solicita su TIE.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se renueva?
Solicite la renovación en los 2 meses anteriores al vencimiento o en los 3 meses posteriores (puede iniciarse un expediente sancionador). Presentarla a tiempo prorroga la autorización hasta la resolución. La autorización renovada dura 2 años y el plazo de resolución es de 3 meses.
¿Cuánto tiempo debo permanecer en España?
Para renovar debe haber residido en España más de 183 días en el año natural.
¿Qué ocurre después de recibir el visado?
Recoge el visado en el plazo de 1 mes y entra en España durante su vigencia, que como máximo es de 3 meses. En el plazo de 1 mes desde la entrada debe solicitar la TIE en persona.
Cómo le ayudamos
Evaluamos su caso, elaboramos su lista de documentos, verificamos fondos y seguro, rellenamos los formularios (EX-01, solicitud de visado) y le ayudamos con la cita consular. En el plan FULL le acompañamos hasta su tarjeta de residencia.
Planes y precios
Servicios
El Visado No Lucrativo se presenta en el consulado español de su país. Preparamos todo su expediente para que se acepte a la primera. Elija cuánto quiere que gestionemos nosotros.
NLV ESSENTIAL desde 1.490 €
Preparamos toda su solicitud; usted la presenta en el consulado. Incluye evaluación del caso, lista de documentos, revisión de fondos y seguro, cumplimentación de formularios (EX-01, solicitud de visado) y ayuda para reservar su cita consular.
NLV FULL desde 2.490 €
Todo lo de Essential, más traducciones juradas hasta 700 € incluidas, empadronamiento, cita para el TIE y acompañamiento completo hasta su tarjeta física de residencia en España. La opción con máxima delegación.
¿No sabe cuál le conviene?
Reserve una consulta gratuita. Confirmamos que cumple los requisitos, le decimos con sinceridad si le conviene más la vía No Lucrativa o la de Nómada Digital y le damos un importe exacto según su consulado, su familia y las traducciones.
Glosario breve
- NIE
- El número de identificación que España asigna a los extranjeros.
- TIE
- La tarjeta de residencia para extranjeros.
- UGE
- La unidad del Ministerio (Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos) que tramita varias autorizaciones de residencia, como las de emprendedores y teletrabajadores.
- Empadronamiento
- Inscripción de su domicilio en el ayuntamiento.
- Apostille
- Sello que certifica un documento extranjero para su uso en otro país.
- Sworn translation
- Traducción realizada por un traductor jurado en España.
Fuentes
Fuentes oficiales utilizadas en esta página. La última palabra la tiene el consulado u oficina ante el que presente la solicitud. Contrastado con fuentes oficiales: .
- Embajada de España en Washington: visado de residencia no lucrativa
- Ministerio de Inclusión, ficha 6: residencia no lucrativa (inicial)
- Ministerio de Inclusión, ficha 7: residencia no lucrativa (renovación)
- Real Decreto 1155/2024 (Reglamento de extranjería), BOE
- SEPE: cuantías 2026 (IPREM 600 €/mes)
- Orden PJC/617/2025 (tasas de extranjería, en vigor desde 16/06/2025), BOE
- Policía Nacional, sede electrónica: tasas de extranjería (TIE, modelo 790-012)
- Orden AUC/891/2024 (tasas de visados, en vigor desde 13/09/2024), BOE
¿Hablamos de su caso?
Cuéntenos su situación. Le diremos con sinceridad qué vía y plan le encajan.
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