Visado Startup (residencia para emprendedores)
Esta vía es para fundadores extranjeros que quieren iniciar, desarrollar o dirigir un negocio innovador en España. Solicita una autorización de residencia para actividad empresarial según los artículos 69 y 70 de la Ley 14/2013, modificada por la Ley de Startups (Ley 28/2022). No se exige inversión mínima ni creación de empleo mínima. El proyecto lo valora ENISA.
Datos clave
- Requisitos
- Consulte la tabla de requisitos más abajo.
- Plazo y vigencia
- La autorización dura 3 años y se renueva por 2 años. La UGE debe resolver en 20 días desde la presentación electrónica, y el silencio equivale a aprobación.
- Dónde se presenta
- En España, por vía electrónica ante la UGE. Desde el extranjero, una única solicitud inicia el trámite de autorización y de visado, de forma consecutiva.
- Trabajo
- La autorización es para la actividad empresarial que ha solicitado.
- Camino a la residencia permanente o la nacionalidad
- La residencia permanente es posible a los 5 años.
- ¿Puede venir con su familia?
- Sí. El cónyuge y los hijos menores de 18 años (o mayores que no puedan mantenerse por sí mismos) pueden solicitarlo juntos o después.
- Nuestro precio
- Precio individual, que se confirma en una consulta gratuita. El visado en sí no exige inversión mínima ni creación de empleo.
Dos formas de presentar la solicitud
Dentro de España
Por vía electrónica ante la UGE, la unidad del Ministerio para colectivos estratégicos. Es posible si se encuentra legalmente en España.
A través del consulado
Solicite el visado en el consulado español que corresponda a su lugar de residencia. Cada consulado publica su propia lista de documentos y su sistema de citas.
Requisitos
Requisitos publicados en la ley y por los consulados de España. La última palabra la tiene el consulado u oficina ante el que presente la solicitud.
| Requisito | Qué significa |
|---|---|
| Actividad | Una actividad emprendedora innovadora y/o de especial interés económico para España, con informe favorable de ENISA. |
| Plan de negocio | Describe el proyecto, el producto o servicio y su financiación, incluida la inversión necesaria y las posibles fuentes de financiación. |
| Su perfil | ENISA valora su perfil profesional y su implicación en el proyecto. Si hay varios socios, se evalúa la participación de cada uno, soliciten o no un visado. |
| Valor añadido | Los elementos que generen valor añadido para la economía española, innovación u oportunidades de inversión. |
| Inversión y empleo | No hay inversión mínima ni creación de empleo mínima. |
| Requisitos generales | Mayor de 18 años; sin antecedentes penales en España ni en los países donde haya residido en los últimos 5 años; seguro de enfermedad con una aseguradora autorizada en España; recursos suficientes para usted y su familia; pago de la tasa. |
Tasas oficiales
- Si lo solicita desde el extranjero, la tasa de visado en el consulado es de 90 € por un visado nacional de larga duración (tipo D), que se paga en euros o en la moneda local.
- La tasa de la autorización de residencia (Modelo 790, código 052) figura en el anexo de la Orden PJC/617/2025. Le confirmamos el epígrafe que corresponde a su autorización en el presupuesto.
- TIE (Modelo 790, código 012): 16,08 € por la primera expedición y 19,30 € por una renovación.
Importes publicados a fecha 03/11/2026. La ley los actualiza cada año con las leyes de presupuestos y cada consulado puede indicar la tasa de visado en moneda local. Su consultor confirma las cifras exactas en el presupuesto.
Pasos
El proceso, en orden.
Compruebe que esta vía le encaja
- Qué necesita
- Su situación, su estatus actual y su objetivo.
- Para qué sirve
- Una vía equivocada cuesta tiempo y tasas.
- Dónde conseguirlo
- Los requisitos de arriba o una consulta gratuita con nosotros.
- Ejemplo
- Compara su situación con la tabla de requisitos.
Elija cuánto quiere que gestionemos
- Qué necesita
- Decidir cuánta ayuda quiere.
- Para qué sirve
- Define el precio y quién hace qué.
- Dónde conseguirlo
- La página de paquetes o los planes al final de esta guía.
- Ejemplo
- Usted reúne los documentos y nosotros los revisamos: eso es CHECK.
¿Cómo podemos ayudarle?: Elija cuánto quiere que gestionemos
Prepare los documentos
- Qué necesita
- Los documentos de la lista.
- Para qué sirve
- Los papeles que faltan o están caducados retrasan un expediente.
- Dónde conseguirlo
- Organismos de su país, su empleador, banco o aseguradora. Las traducciones juradas se hacen en España.
- Ejemplo
- Los certificados extranjeros suelen necesitar apostilla y traducción oficial o jurada. Su consulado o la UGE indica exactamente cuáles.
Presentación
- Qué necesita
- El expediente completo y revisado y su autorización firmada.
- Para qué sirve
- Un abogado español acreditado lo presenta con firma digital.
- Dónde conseguirlo
- Lo presentamos por vía telemática en su nombre, o usted lo presenta en el consulado cuando la vía lo exige.
- Ejemplo
- Recibe un justificante de que la solicitud se ha presentado.
Resolución y después
- Qué necesita
- Su pasaporte y la notificación de aprobación.
- Para qué sirve
- Una autorización de residencia de más de 6 meses requiere la TIE.
- Dónde conseguirlo
- La notificación de la administración.
- Ejemplo
- Tras la aprobación solicita su TIE.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto dura la autorización?
3 años. Después puede renovarla por 2 años, y la residencia permanente es posible a los 5 años.
¿Quién resuelve y en qué plazo?
La UGE tramita la solicitud por vía electrónica y pide a ENISA un informe preceptivo, que debe emitirse en 10 días hábiles. La UGE debe resolver en 20 días desde la presentación electrónica. Si no lo hace, la autorización se entiende estimada por silencio administrativo.
¿Puedo solicitarlo desde el extranjero?
Sí. Desde fuera de España, una única solicitud inicia el trámite de autorización y de visado de forma consecutiva. Una vez concedida la autorización, solicita el visado de residencia.
¿Qué papel tiene la Ley de Startups?
Sí. La Ley 28/2022 modificó los artículos de la Ley 14/2013 sobre emprendedores y añadió las normas para teletrabajadores.
Cómo le ayudamos
Revisamos su expediente antes de presentarlo y un abogado español acreditado lo presenta con firma digital. Así trabajamos en todas las vías. Qué hacemos exactamente en esta vía, consúltelo en una consulta gratuita.
Planes y precios
Planes y precios
El precio de este visado es individual. Se lo confirmamos en una consulta gratuita, antes de que pague nada.
Glosario breve
- NIE
- El número de identificación que España asigna a los extranjeros.
- TIE
- La tarjeta de residencia para extranjeros.
- UGE
- La unidad del Ministerio (Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos) que tramita varias autorizaciones de residencia, como las de emprendedores y teletrabajadores.
- Empadronamiento
- Inscripción de su domicilio en el ayuntamiento.
- Apostille
- Sello que certifica un documento extranjero para su uso en otro país.
- Sworn translation
- Traducción realizada por un traductor jurado en España.
Fuentes
Fuentes oficiales utilizadas en esta página. La última palabra la tiene el consulado u oficina ante el que presente la solicitud. Contrastado con fuentes oficiales: .
- Ley 14/2013, texto consolidado, BOE
- Ley 28/2022 (empresas emergentes), BOE
- Ministerio de Inclusión, UGE: emprendedores
- Orden PJC/617/2025 (tasas de extranjería, en vigor desde 16/06/2025), BOE
- Policía Nacional, sede electrónica: tasas de extranjería (TIE, modelo 790-012)
- Orden AUC/891/2024 (tasas de visados, en vigor desde 13/09/2024), BOE
¿Hablamos de su caso?
Cuéntenos su situación. Le diremos con sinceridad qué vía y plan le encajan.
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